Foto: Transmisión en vivo, vía zoom.

Organizaciones denuncian ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos fallas en restitución internacional que afectan a madres que huyen de la violencia de género

Escrito por Glenda Alvarez

En una audiencia regional realizada en Guatemala, mujeres sobrevivientes de violencia de género, abogadas y organizaciones denunciaron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que los mecanismos internacionales de restitución de niñas y niños siguen operando sin perspectiva de género. Advirtieron que, en muchos casos, las madres que huyen de la violencia doméstica hacia otros países terminan criminalizadas y separadas de sus hijas e hijos.

Por Glenda Alvarez

La mañana del 11 de marzo, en la ciudad de Guatemala, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) abrió una discusión: ¿qué pasa cuando una mujer cruza una frontera para salvar su vida y la de sus hijos, pero el sistema responde tratándola como secuestradora?

La audiencia, titulada “Situación de los derechos humanos de las sobrevivientes de violencia de género”, se realizó en el marco del 195° período de sesiones de la CIDH, que se celebra en Guatemala del 9 al 13 de marzo. Contó  con la  participación de organizaciones como Asociación Civil El Paso, el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (CLADEM), Equality Now, GlobalARRK, Revibra, Sanctuary for Families y la University of Miami Human Rights Clinic, entre otras. 

La sesión fue conducida por Andrea Pochak, primera vicepresidenta de la CIDH y relatora sobre movilidad humana. La acompañaron Marion Bethel, relatora sobre los derechos de las mujeres; Rosa María Payá Acevedo, relatora sobre niñez y adolescencia; y Tania Reneaum Panszi, secretaria ejecutiva de la Comisión.

Desde el inicio, el objetivo de la sesión fue examinar las implicaciones en derechos humanos de los marcos internacionales de restitución o retorno de niñas y niños cuando las madres cruzan fronteras huyendo de la violencia de género. Es decir, preguntar qué ocurre cuando una herramienta jurídica pensada para responder a sustracciones internacionales termina usada, en la práctica, contra mujeres que escapan para sobrevivir.

Cuando huir de la violencia se convierte en sospecha

La discusión giró, principalmente, alrededor de la Convención de La Haya de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores de edad y de la Convención Interamericana sobre restitución internacional de menores de edad. La primera fue adoptada en 1980, en un contexto en el que la violencia doméstica aún no era reconocida ampliamente como una violación de derechos humanos ni como un factor relevante en disputas de custodia internacional.

Las organizaciones denunciaron que, en demasiados casos, estos mecanismos son aplicados sin una lectura adecuada de la violencia doméstica, del control coercitivo y del riesgo que enfrentan tanto las madres como sus hijos e hijas.

La primera en intervenir fue Merle Weiner, profesora de Derecho en la Universidad de Oregón (Estados Unidos), quien explicó que los agresores han aprendido a utilizar estos procedimientos como una prolongación del abuso. Según señaló, cuando una mujer huye de un contexto violento y cruza una frontera con sus hijos o hijas, el sistema suele nombrarla antes como “abductora” que como sobreviviente.

El resultado, advirtió, es que muchas mujeres terminan obligadas a escoger entre su propia seguridad y la posibilidad de permanecer junto a sus hijos e hijas.

Ese señalamiento dialoga con la arquitectura misma de la Convención de La Haya. Su artículo 13(1)(b) establece que la autoridad del Estado requerido no está obligada a ordenar el retorno cuando se demuestra que existe un grave riesgo de que ese retorno exponga al niño o niña a un daño físico o psicológico, o lo coloque en una situación intolerable.

Sin embargo, las organizaciones sostuvieron que esa excepción sigue siendo interpretada de manera restrictiva y que, en la práctica, los tribunales continúan privilegiando el retorno rápido por encima del análisis profundo del contexto de violencia.

Testimonios de madres separadas de sus hijos e hijas

Uno de los momentos más impactantes de la audiencia fue el testimonio de Loana Noguera, madre que relató cómo perdió el contacto con su hijo después de huir de Estados Unidos para escapar de la violencia doméstica.

Noguera explicó que, tras mudarse a Argentina con su hijo Alex, el padre del niño activó un proceso bajo la Convención de La Haya. “En lugar de ser tratada como una madre que trataba de proteger a su hijo, me trataron como una criminal”, dijo.

Según su relato, la evidencia de violencia doméstica, órdenes de restricción y evaluaciones psicológicas fueron minimizadas durante el proceso judicial. Alex fue finalmente retornado a Estados Unidos y permaneció años separado de su madre.

“Alex perdió seis años de su infancia. Ese costo debería importar”, afirmó.

Foto: testimonio de Giarlane Maria Nóbrega do Nascimento

Otro testimonio presentado en video fue el de Giarlane Maria Nóbrega do Nascimento, una mujer brasileña también con  nacionalidad italiana, que denunció haber sufrido violencia psicológica durante años en Italia.

Tras trasladarse a Brasil con su hija, un tribunal ordenó el retorno de la niña al país europeo. “Pedí ayuda para mí y para mi hija, pero mi violencia psicológica no tuvo peso en la decisión”, relató.

Violencia estructural en el sistema judicial

La abogada Jelena Albuquerque, coordinadora legal de la organización Revibra, explicó que en la práctica la Convención de La Haya suele prevalecer sobre instrumentos regionales.

Según señaló, esto genera un problema estructural: la normativa fue creada en una época en la que la violencia doméstica no era reconocida como una violación sistemática de derechos humanos.

Por su parte, Nicole Fidler, abogada de la organización Sanctuary for Families, sostuvo que el marco legal parte de una premisa errónea.“La convención presume que cualquier traslado internacional sin consentimiento es una sustracción dañina”, explicó.“Pero cuando una madre huye para proteger a su hijo de la violencia, ese traslado puede ser un acto de supervivencia”.

Expertas también advirtieron que muchos tribunales no reconocen adecuadamente el impacto de la violencia doméstica en los hijos e hijas.

Foto: Intervenciones de Caroline Bettinger-López, directora de la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Miami y , Nicole Fidler, abogada de la organización Sanctuary for Families


La profesora Caroline Bettinger-López, directora de la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Miami, recordó que el sistema interamericano ya ha establecido estándares claros.

Citando el caso Jessica Lenahan vs. Estados Unidos, explicó que los Estados pueden ser responsables internacionalmente cuando fallan en proteger a mujeres y niños frente a riesgos conocidos de violencia doméstica.

“Los Estados no pueden aplicar instrumentos de derecho internacional privado de forma que reproduzcan violencia de género o discriminen contra las mujeres”, afirmó.

Las organizaciones también destacaron el papel de la interseccionalidad en estos casos.

La doctora Tamara Amoroso-González, abogada de derechos humanos que intervino en representación de GAMBE, CLADEM, Organización El Paso y SHERA Research Group, explicó que factores como el estatus migratorio, el idioma, la raza o la pobreza pueden agravar la situación de las sobrevivientes.

Según señaló, las mujeres migrantes (especialmente latinoamericanas) suelen enfrentar estereotipos raciales y de género dentro de los sistemas judiciales.“Los sistemas legales nunca son neutrales. Reflejan las desigualdades de nuestras sociedades”, afirmó.

Medidas de protección: la ficción de un retorno “seguro”

Otro de los temas más discutidos fue el uso de las llamadas medidas de protección para justificar retornos aun cuando se ha acreditado un grave riesgo. La crítica fue directa: la convención no dice que, si se acredita una defensa, el niño o niña deba regresar con medidas de protección; lo que dice es que, si la defensa existe, no debe haber retorno. 

La razón, explicaron, es sencilla: la distancia geográfica suele ofrecer una protección más real para mujeres, niñas y niños. Volver a otro país confiando en órdenes judiciales que quizá no se hagan cumplir puede exponerlos nuevamente al riesgo.

Para ilustrarlo, se mencionó el caso de Cassandra Casanovic, una mujer cuyo hijo fue devuelto al Reino Unido por orden de un tribunal australiano. Aunque existían órdenes de protección, custodia a su favor y respuesta policial previa, su agresor terminó asesinándola. El punto de fondo era claro: un juez puede creer que existen garantías suficientes, pero no puede saber si en la práctica esas medidas serán efectivas.

Foto: Intervención de la relatora Marion Bethel

Durante la sesión, las comisionadas plantearon varias preguntas a las organizaciones.

Marion Bethel señaló la necesidad de alinear la interpretación de la Convención de La Haya con instrumentos regionales como la Convención de Belém do Pará.

Rosa María Payá preguntó qué criterios podrían ayudar a los tribunales a evaluar de forma más adecuada el interés superior de la niñez cuando existen denuncias de violencia doméstica.

Por su parte, la secretaria ejecutiva Tania Reneaum Panszi planteó un desafío jurídico: cómo llevar este tipo de casos al sistema interamericano cuando involucran múltiples jurisdicciones (penal, civil y familiar) al mismo tiempo.

Un problema regional

Las organizaciones pidieron a la CIDH adoptar varias medidas, entre ellas: reconocer que la violencia doméstica contra una madre puede constituir un “riesgo grave” para el niño o niña bajo el artículo 13 de la Convención de La Haya; elaborar un informe temático regional sobre restitución internacional de menores y violencia de género; y promover capacitaciones para jueces y operadores judiciales sobre violencia doméstica y trauma.

También solicitaron fortalecer la coordinación entre la CIDH y otros mecanismos regionales como MESECVI, encargado de monitorear la implementación de la Convención de Belém do Pará, el cual fue creado en 2004 para monitorear y evaluar la implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en América.

La audiencia de este 11 de marzo dejó en evidencia que, para muchas mujeres, cruzar una frontera no significa salir de la violencia, sino enfrentarse a otra forma de castigo. Ya no el golpe directo del agresor, sino la sospecha institucional, la carrera contra el tiempo, la desigualdad económica, los estereotipos y la amenaza de perder a sus hijos.

Lo que las organizaciones plantearon ante la CIDH fue que no basta con reconocer la violencia de género en los discursos si, en la práctica, los sistemas jurídicos siguen castigando a quienes huyen de ella.

La discusión abierta en esta audiencia apunta a una pregunta incómoda para los Estados: ¿qué sucede cuando las leyes diseñadas para proteger a la niñez terminan exponiendo a madres e hijos al mismo contexto de violencia del que intentaron escapar?

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Glenda Alvarez

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